La absolución de Alcira (El caso de María Ovando)
Supongamos que una mujer chaqueña, Alcira, que vive en un paraje aislado del Chaco, en la Argentina del 2012, con 6 hijos, en un estado de pobreza típico de los que se viven en los asentamientos rurales de esa provincia sufre la muerte de uno de sus hijos. La mujer tiene un trabajo pero no le alcanza para mantener a todos sus hijos. Su hija menor de tres años muere por desnutrición, era alimentada, pero no con la frecuencia adecuada para una chiquita de su edad. Ante esta situación es acusada por abandono de persona y sometida a juicio.
¿Cuál es la postura liberal frente a esto?
Antes que nada vale hacer una aclaración, por más similitudes que tenga este relato con la historia de María Ovando, no puedo hacer referencia directa a ella. No conozco los hechos específicos, por lo que no me quiero aventurar a opinar sobre algo que no conozco. Nuestra historia hipotética es parecida, pero los hechos son tal cual los describimos en el párrafo anterior y eso es una certeza.
Sin embargo es necesario conocer las posturas ante un caso similar como fue el de Ovando. Antes de ella fuese absuelta, en un caso que tomó relevancia luego de una entrevista de Jorge Lanata a la acusada de abandono de persona, hubo sectores de la opinión pública que se oponían a su encarcelación utilizando el siguiente argumento:
Con la detención de María y la decisión de librar de culpa y cargo a Demetrio Ayala, el juez Saldaña dio por terminada su actuación. No profundizó sobre las responsabilidades en la muerte de Carolina. No se preguntó sobre la asistencia que debió recibir y que el Estado dice haberle dado “medianamente”. No se preguntó sobre causas, tampoco sobre las acciones que pudo haberle evitado la muerte.
En el expediente se menciona el testimonio del Dr. Julio Cesar Benítez, hoy director del Hospital de Colonia Delicia, quien visitó en varias oportunidades la casa de María. Benítez declara haber constatado el estado de abandono de los niños, con bajo peso, sucios, con granos, piojos, muchos de ellos indocumentados, por lo que ni siquiera podían acceder a los programas de asistencia estatal.
Las visitas de este profesional se registraron desde el mes de diciembre. La defensa se pregunta si otro tipo de intervención hubiera podido evitar la muerte de Carolina.
Siguiendo esta lógica, y volviendo a nuestro caso hipotético, podemos decir que Alcira merece ser absuelta ya que el abandono de persona fue una consecuencia directa de la negación de la ayuda del estado. En otras palabras, Alcira sería inocente ya que ante la imposibilidad de hacerse cargo de sus hijos, es el estado quien debía hacerlo y la muerte por desnutrición no se debe a que la madre no haya alimentado a su hija, sino por la inactividad del estado frente a este caso.
En mi opinión, según los principios del liberalismo, podemos llegar a la misma conclusión — la absolución — pero con los fundamentos opuestos.
Partimos de una realidad: progresivamente en los últimos 70 años, y más también, se ha adoptado la concepción de que el estado asume un compromiso de garantizarle «gratuitamente» el bienestar a cada uno de los habitantes. Para alcanzar ese fin, se crea un estado de bienestar que interviene en el funcionamiento de todas la áreas con las que el individuo interactúa a lo largo de su vida. Podemos mencionar, entre otras, la legislación laboral, la legislación impositiva, la legislación que regula servicios públicos, la regulación del sistema de salud, la regulación de sistema educativo, la regulación de las jubilaciones, la intervención en políticas de vivienda, entre muchas otras. Estas regulaciones también varían, van desde la provisión del servicio exclusivamente a cargo del estado, hasta un sistema mixto entre el estado y privados (que, por su propia naturaleza, siempre termina prevaleciendo la voluntad estatal), o un control rígido del estado sobre la actividad (tal vez el caso de las relaciones laborales es el más representativo de esta última categoría).
Evidentemente la implementación de un estado de bienestar ha fracasado con los objetivos planteados originalmente. Al mismo tiempo, desde un punto de vista liberal se defiende una concepción totalmente opuesta a la predominante. Los liberales consideran que nadie tiene derecho al inicio del uso de la fuerza — que también se puede llamar agresión — contra otras personas o su propiedad. Esto es el llamado principio de no agresión. Todos los ejemplos mencionados en el párrafo anterior representan el inicio del uso de la fuerza para alcanzar el fin que se propone el estado, y en consecuencia, una violación al principio de no agresión.El teórico político Murray Rothbard explica en su libro El Manifiesto Libertario el fundamento de este principio:
Específicamente, mientras que el comportamiento de las plantas y, al menos, el de los animales inferiores está determinado por su naturaleza biológica o quizá por sus “instintos”, la naturaleza humana es tal que cada individuo debe, para poder actuar, hacer una elección de sus fines y utilizar sus propios medios para alcanzarlos. Puesto que carece de instintos automáticos, cada hombre debe prender acerca de él y del mundo, utilizar su mente para seleccionar valores, aprender sobre causas y efectos, y actuar con todo sentido para mantenerse y prolongar su vida. Los hombres pueden pensar, sentir, evaluar y actuar sólo como individuos, y en consecuencia, resulta vitalmente necesario para la supervivencia y prosperidad de cada uno que sea libre de aprender, elegir, desarrollar sus facultades y actuar según su conocimiento y sus valores. Éste es el camino necesario de la naturaleza humana; interferir o lisiar este proceso usando la violencia va profundamente en contra de lo que es necesario por la naturaleza del hombre para su vida y prosperidad. La interferencia violenta en el aprendizaje y las elecciones de un hombre es, por lo tanto, profundamente “antihumana”; viola la ley natural de las necesidades del hombre.
Considerando esto, podemos concluir fácilmente que no vivimos en un entorno libertario. Nos encontramos de forma constante con obstáculos que no nos permiten desarrollar nuestras vidas en libertad, no podemos optar libremente los medios que deseamos utilizar para alcanzar nuestros fines. Estamos, todo el tiempo, ante la interferencia «antihumana» sobre la que escribe Rothbard, y por eso es absurdo aplicar los principios de justicia según un libertario en un contexto intervencionista.
Alcira no tuvo todas las oportunidades que podría haber llegado a tener en una sociedad libre, ni de sustentarse por sus propios medios, ni de ser ayudada de forma voluntaria. La primera puede ser explicada por la cita de Rothbard. Las oportunidades que podría llegar a tener Alcira se ven distorsionadas por los obstáculos que pone el estado en su constante interferencia con la elección libre de medios y fines. La segunda, la imposibilidad de ser ayudada voluntariamente para superar su situación de necesidad, es consecuencia de la primera. O desde otro punto de vista, se ve distorsionada por el objetivo último del estado de bienestar (que es, recordemos, proveer bienestar). La consecuencia de cuando el estado asume la responsabilidad de garantizar el bienestar de la población, es convertir el poder social en poder político, algo que explicó de forma precisa el autor estadounidense Albert Jay Nock:
Podemos tener una medida aproximada de esta atrofia general por nuestra propia disposición cuando se nos acerca un mendigo. Hace dos años podríamos inclinarnos por darle algo; hoy nos inclinamos por mandarle a la oficina de atención del Estado. El Estado ha dicho a la sociedad: “O no estáis ejerciendo poder suficiente para atender a la emergencia o lo ejercéis en una forma que pienso que es incompetente, así que confiscaré vuestro poder y los ejerceré a mi gusto”. Así que cuando el mendigo nos pide un cuarto, nuestro impulso es decir que el Estado ya nos ha confiscado nuestro cuarto en su beneficio y que debería ir al Estado a por él.
Una vez generada esta dependencia por parte del estado, ¿es justo creer que ella debía asumir responsabilidad por sus hijos cuando durante toda la vida le dijeron que el estado debía hacerlo por ella? ¿Puede el estado alegar el abandono de persona, cuando el mismo estado se había comprometido a asistirla (como se comprometen con todos)?, o en su defecto, ¿se puede concebir algún tipo de responsabilidad de la mujer por la muerte de su hija cuando el estado obstaculiza el desarrollo de la protagonista de nuestra historia hipotética interfiriendo en su libertad?
Este ejercicio de pensamiento nos deja una conclusión clara, y que muchas veces es pasada por alto por todos aquellos que desean avanzar y difundir la idea de una sociedad libre. La aplicación de conceptos liberales o libertarios, en un contexto donde han habido víctimas claras de la intervención estatal debe ser prudente. Es necesario primero identificar si la situación que estamos presenciando es una situación que se podría haber dado en un entorno de libertad, ante un mercado liberado, o si estamos ante una situación que fue generada artificialmente por el estado. Antes de exigir conductas responsables a la gente, es necesario primero eliminar las políticas que incentivan la irresponsabilidad. Nunca una situación injusta puede generar una injusticia adicional, pero tampoco podemos esperar resultados propios de una sociedad libre mientras vivamos bajo la atenta mirada del Leviatán.
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