Tags
Related Posts
Share This
En defensa de Luis D’elía (y Zulma Lobato)
En el día de ayer una de la mayoría noticias de los portales de noticias argentinos hacían referencia a una sentencia que ordena a Luis D’elía a pagarle al ex-presidente Eduardo Duhalde la suma de $ 150.000 en concepto de indemnización por haberlo acusado de narcotraficante.
El piquetero Luis D’Elía deberá indemnizar al ex presidente interino Eduardo Duhalde con una suma de 150 mil pesos por haberlo vinculado en declaraciones periodísticas al tráfico de estupefacientes, ya que la Corte Suprema de Justicia dejó firme una sentencia de la Justicia Civil y Comercial.
En agosto de 2005, D’Elía había declarado al programa Acerca de Hoy, que se emitía por FM La Isla, que «el duhaldismo es un gran cartel de la droga hace tantísimo tiempo» y que «la droga y el duhaldismo son dos caras de la misma moneda«.
No se reflexiona mucho acerca de la injusticia que implica la existencia de leyes que sancionan las calumnias e injurias. Esto se puede deber a que rechazar este tipo de legislación implica al mismo tiempo defender personajes nefastos como son los difamadores, aunque es probable que D’elia haya mentido en esta oportunidad. Para el punto de vista libertario la situación es más clara, las leyes de calumnias e injurias deberían ser derogadas inmediatamente. Esto se deriva de dos de los principios básicos del libertarismo, la propiedad de uno mismo yel principio de no-agresión, que prohíbe el inicio de la fuerza contra otra persona, y la difamación no se encuentra comprendida entre lo que entendemos por «agresión». Hay otros dos claro argumentos más específicos en contra de penalizar la difamación.
Los perjudicados. Este primer argumento es el menos controvertido y tiene que ver con la injusticia que significa para la gente de menos recursos la existencia de estas leyes. En general, no disponen de los medios económicos (pagar abogado, trámites, etc.), ni tienen el conocimiento (no saben que pueden apelar a un abogado) para defenderse de una calumnia o injuria. Esto lo desarrolla Murray Rothbard en su libro «Hacia una nueva libertad. El Manifiesto Libertario» [PDF]:
Hoy en día, si un hombre es acusado de alguna falta o delito, en general la gente tiende a creer que la acusación es cierta, ya que si fuera falsa, «¿por qué no inicia una acción legal por injurias?» La ley de injurias, como es obvio, resulta discriminatoria contra los pobres, dado que una persona de escasos recursos difícilmente estará dispuesta a llevar adelante un costoso juicio por calumnias, como sí podría hacerlo una persona adinerada. Además, ahora los ricos pueden utilizar esta ley en contra de los más pobres, evitando que hagan acusaciones y declaraciones perfectamente legítimas mediante la amenaza de entablarles juicio por calumnias. En consecuencia, paradójicamente, una persona de recursos limitados es más proclive a sufrir calumnias —y a ver restringida su propia expresión— en el sistema actual que en un mundo sin leyes contra las calumnias o las difamaciones.
En este caso la conclusión es bastante clara. Las leyes imponen más costos para deshacer verdades lo que implica un perjuicio para los que menos tienen. Sin embargo, también es verdad que los más humildes tienen otras prioridades que andar difamando por injurias oEl segundo argumento puede ser un poco más controvertido.
La reputación. El objetivo principal de estas leyes es proteger la reputación de las personas. Sin embargo, la reputación no es algo sobre lo que uno puede tener control, ya que esta formada por la opinión y el pensamiento de los demás sobre uno. En otras palabras, no somos dueños de nuestra imagen. Casualmente ese es el título de un interesante artículo donde Juan Fernando Carpio comenta más acerca de este tema:
Somos dueños de nuestro cerebro, nuestra boca y nuestros órganos sensoriales. A través de lo que vemos, escuchamos, etc nos formamos una opinión sobre los demás. Y esa opinión (que alguien sea honrado, laborioso, ladrón o vulgar) es privativa nuestra. Nuestra imagen, en el sentido de reputación, reside en la mente de otras personas y cualquier acto -aunque use métodos indirectos como la legislación- para impedir a otros expresarla en ámbitos privados (¿a las cuántas personas un ámbito privado se vuelve público?) o públicos, debe considerársele un acto de agresión. Es decir, no sólo que no tenemos derecho a la honra/reputación/”buen nombre” sino que cualquier acto tercerizado de impedir a otros por la fuerza el expresar su opinión con su boca -o su imprenta o señal de radio o website o canal de TV- constituye la auténtica violación de derechos individuales. Las leyes de anti-libel (en inglés) o anti-injuria hacen algo terrible: responden con agresión física (la fuerza pública con multa, captura, cárcel) a actos esencialmente pacíficos y meramente comunicacionales de crítica o desprestigio. Recordemos que todo derecho tiene una obligación como contraparte, pero no nuestra, sino que obliga a otros a cumplir X o Y condiciones.
Tampoco existe realmente UNA reputación, sino que hay tantas reputaciones como gente que opine sobre esa persona. Cuando hablamos de reputaciones buenas o malas se trata de una generalización. Es posible la existencia de reputaciones contradictorias. Por lo tanto, tampoco queda limpia la reputación con un fallo judicial , o ¿acaso ahora ustedes creen que Duhalde no fue un narcotraficante? Duhalde se benefició económicamente, pero no pudo reparar su reputación simplemente porque es eso es una tarea imposible.
Finalmente, aceptar que la reputación no existe nos lleva a concluir que cuestiones similares como el derecho al honor o a la imagen tampoco son verdaderos derechos, sino que tienen como base las percepciones que los demás tienen de uno, y como tal no podría ser castigado.
En el mismo sentido, Walter Block plantea en su libro «Defendiendo lo Indefendible», [PDF] que la aplicación estricta de las leyes de calumnias e injurias deberían también sancionar reseñas musicales, de cine, o teatro, sátiras y críticas literarias, ya que las mismas podrían llegar a dañar la reputación del director, escritor o compositor, lo que en realidad sería una violación a la libertad de expresión. Tal como ocurre en la actualidad con el cuerpo legal vigente.
Volviendo a la situación en nuestro país, las penas del delito de calumnias e injurias, que antes podían hasta llevar a prisión al culpable, fueron atenuadas en 2009 años a raíz de lo que ordenó de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el fallo «Kimel» (2008) [DOC]. El senador pampeano Rubén Marín, explicó en su momento:
“Para que la conducta no sea imputable, sólo se requiere no actuar con real malicia, conforme lo determina ya la jurisprudencia. Es decir, no reconocer la falsedad o, por lo menos, haber sido lo suficientemente diligente como para proporcionar información real”
Se consagró como ley la doctrina jurídica conocida como real malicia, que encuentra su origen en una decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos, el caso » New York Times Co. v. Sullivan«. Esta innovación en los criterios para restringir la libertad de expresión no trajo un cambio en la forma de ver la difamación, todavía se presume que lo declarado o impreso es la verdad y está en manos del perjudicado demostrar que se lo ha difamado. Mientras tanto la gente sigue confiando en que la injuria no es un libelo, si no la realidad. Por último, la reforma continúa permitiendo al «damnificado» por la difamación iniciar una acción judicial por daños y perjuicios , por lo tanto deja lugar para más injusticias.
Eliminando las leyes que prohíben las calumnias e injurias y dejando de obligar al afectado a demostrar que se trataba de una difamación, se podría derribar la presunción de verdad que tienen hoy declaraciones injuriantes, y báiscamente cualquier hecho que sea comunicado. En este aspecto los defensores del régimen kirchnerista se verían beneficiados ya que no tendrían que destinar (nuestros) recursos para salir a decir que «Clarín Miente» , ni Zulma Lobato gastaría dinero enviando «cartas documentos», la gente comenzará a presumir la falsedad de las declaraciones, salvo que se ofrezcan las evidencias suficientes para obtener credibilidad.
Más allá de todo esto, el motivo principal por el que se debe proteger la libertad de expresión de los difamadores, es que asi, al mismo tiempo, estamos protegiendo la nuestra. Concluye Walter Block:
Probablemente no haya más repugnante y cruel que la difamación. Entonces, debemos poner especial cuidado en defender la libre expresión de los difamadores, ya que si ellos pueden ser protegidos, los derechos de los demás — que no suelen ser tan ofensivos — estarán más seguros. Pero si la libertad de expresión de los difamadores no es protegida, los derechos de los demás estarán menos seguros.
Estimado:
Lo felicito por el sitio. Lo sigo siempre a través del rss con mi google reader. Excelente.
Le envío, para debatir algunos comentarios sobre este post, con relación a las leyes que sancionan calumnias e injurias:
En primer lugar, no coincido con que la difamación no sea una forma de agresión. Considero que sí, es una forma de agresión. Hay distintos grados y formas de agresión contra las personas, contra sus vidas y contra sus propiedades, y me resulta bastante evidente que difamar a alguien, insultarlo, engañar a otras personas con respecto a las acciones realizadas por un tercero, o respecto de sus antecedentes, es una agresión.
Como toda agresión, su apreciación es subjetiva. Para alguanas personas, un agravio verbal podrá eventualmente ser mucho más grave que un daño físico. Por ejemplo, para una mujer que recibe un documento que supuestamente prueba la infidelidad de su marido, sin saber que tal documento es falso, quizás implique un daño mucho mayor que un empujón, un golpe o alguna herida. Hay ejemplos infinitos. El caso de una persona que declara públicamente que otra es narcotraficante, también me parece un excelente ejemplo. Está claro que la apreciación será subjetiva, tan subjetiva como en el caso de cualquier otro tipo de agresión. Quizás para alguien una pequeña herida en su cara le resulte mucho más agraviante que perder un dedo. Es subjetivo.
Respecto del punto de vista libertario, considero que la base de la defensa del derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad se vería sumamente vulnerada si introdujéramos, con los fines que fueran, alguna excepción mediante la cual, una persona ya no deberá hacerse cargo de sus acciones. Y eso es, a mi juicio, lo que sucedería, si basados en la supuesta no agresión implícita en una calumnia o injuria, eliminamos el derecho a la legítima defensa en estos casos.
El derecho de propiedad implica necesariamente que las personas, cuando hacen uso de su libertad, a su vez se hacen responsables por sus actos. Y deben responder por sus acciones. Si agreden a alguien, si violan derechos, deberán responder por eso. Los agredidos tienen derecho a defenderse.
Esto no implica que una persona deba responder por las externalidades asociadas a sus acciones. Cada acción eventualmente puede tener infinitas consecuencias sobre el mundo y sobre terceras personas. Por ejemplo, compré un pasaje de avión y ocupé el último lugar disponible de ese vuelo. Como consecuencia, una persona llegó tarde a determinado evento, y debido a eso perdió millones de dólares. No soy responsable por eso. Pero sí soy responsable si mi acción constituye una agresión al derecho de propiedad de otra persona (su vida o sus bienes).
Si afirmo públicamente que una persona es narcotraficante, resulta bastante lógico que si no tengo pruebas, deba responder por eso. De qué manera, es otra cuestión a discutir. Pero creo que debería hacerme cargo. Distinto es si afirmo que tengo sospechas, que me parece, que hay gente que comenta, etc. Tengo derecho a tener sospechas, a creer o a lo que fuera. Pero si lo afirmo como si fuera cierto, y no lo es o no lo puedo probar… creo que el tercero agredido sí tiene derecho a defenderse.
El argumento de la gente pobre, que quedaría en desventaja para defenderse, me parece que no se sostiene. Porque de ser válido como argumento, también podríamos concluir que como la gente pobre también tiene menos recursos para defenderse de los robos y asesinatos, entonces deberíamos eliminar las leyes que prohíben los robos y los asesinatos. En muchos otros temas, Rothbard me parece impecable. Pero en este caso, su citado argumento no me resulta muy sólido. Para ponerlo en evidencia, propongo sustituir en la cita de Rothbard las partes que refiere a [calumnias e injurias] por [robo, asalto, ataque]:
«Hoy en día, si un hombre es asaltado, golpeado y robado a mano armada, en general la gente tiende a creer que la acción responde a una legítima defensa y que se lo merece, ya que si fuera un asalto, robo, etc., “¿por qué no inicia una acción legal por asalto y robo?” La ley de defensa contra los asaltos y robos, como es obvio, resulta discriminatoria contra los pobres, dado que una persona de escasos recursos difícilmente estará dispuesta a llevar adelante un costoso juicio por asalto y robo a mano armada, como sí podría hacerlo una persona adinerada. Además, ahora los ricos pueden utilizar esta ley en contra de los más pobres, evitando que estos dispongan legítimamente de su propiedad mediante la amenaza de entablarles juicio por asalto y robo. En consecuencia, paradójicamente, una persona de recursos limitados es más proclive a ser robado y asaltado —y a ver restringida su propia libertad y legítima defensa— en el sistema actual que en un mundo sin leyes contra los asaltos y robos».
Vale la pena revisar los motivos por los cuales el argumento de los pobres vale para la defensa frente a calumnias e injurias, y no para la defensa contra robos y asaltos.
Respecto del argumento de Fernando Carpio, creo que encierra un salto lógico. Ciertamente, no somos dueños de nuestra reputación. Y ciertamente, no existe una única, definida y objetiva reputación, sino que se trata de un concepto bastante abstracto indefinido, y totalmente subjetivo. Pero… de ahí no se deduce que una persona agredida por una calumina o injuria no tenga derecho a defenderse.
Nuevamente, recurro a un razonamiento similar al utilizado con el argumento de Rothbard: Cuando se trata de violencia física, no hay dudas de Rothbard, ni de Carpio, ni del autor de la nota, con respecto a que sí tenemos derecho a defendernos. Pero la verdad es que también hay cuestiones subjetivas y grados y apreciaciones. Una persona destruye un reloj de mi abuelo. Para mí tenía infinito valor, pero es incomprobable. Una persona destruye un cuadro recién pintado. Su autor consideraba que al ponerlo a la venta obtendría USD 100 millones. Pero es subjetivo e incomprobable. Una persona ataca a otra y le genera una muy pequeña herida en la mejilla. Pero resulta que esta soñaba con ser modelo, aunque no lo era aún, y dicha herida lo impedirá… Y así podemos seguir infinitamente.
Conclusión: que un determinado daño no sea pasible de ser definido o medido objetivamente, o que existan distintos grados para apreciar ese daño, y su apreciación no sea objetiva… no implica que el daño no exista, y que deba negarse el derecho a su legítima defensa.
El argumento de Walter Block según el cual «la aplicación estricta de las leyes de calumnias e injurias deberían también sancionar reseñas musicales, de cine, o teatro, sátiras y críticas literarias, ya que las mismas podrían llegar a dañar la reputación del director, escritor o compositor, lo que en realidad sería una violación a la libertad de expresión», también me resulta poco sólido. Porque en este caso está aludiendo a externalidades y, como dijimos anteriormente, no somos responsables por las externalidades. Si por las agresiones. Y agresión no es lo mismo que opinión (críticas de cine, etc.).
Que no corresponda que una persona deba hacerse cargo de las externalidades que surjen indirectamente como consecuencia de sus acciones, no significa que no deba hacerse cargo de las violaciones a los derechos de un tercero y de las agresiones que realice contra terceros.
El último párrafo de Block se aleja de la lógica de una manera sorprendente.
«Probablemente no haya más repugnante y cruel que la difamación. Entonces, debemos poner especial cuidado en defender la libre expresión de los difamadores, ya que si ellos pueden ser protegidos, los derechos de los demás — que no suelen ser tan ofensivos — estarán más seguros. Pero si la libertad de expresión de los difamadores no es protegida, los derechos de los demás estarán menos seguros.»
Cambiemos [difamadores] por [ladrones], y veremos que el argumento no se sostiene:
«Probablemente no haya más repugnante y cruel que el robo. Entonces, debemos poner especial cuidado en defender el robo de los ladrones, ya que si ellos pueden ser protegidos, los derechos de los demás — que no suelen ser tan ofensivos — estarán más seguros. Pero si el robo de los ladrones no es protegido, los derechos de los demás estarán menos seguros.» Es tan absurdo que no merece mayores comentarios.
Bueno, espero haberlo hecho repensar un poco los argumentos citados.
Saludos cordiales.
af
Los agredidos por calumnias e injurias por supuesto que tienen derecho a defenderse. El tema es el «cómo» de esa defensa.
Por un lado, en una sociedad libre, el castigo social y el ostracismo serían mecanismos válidos de «castigo social». Si aparece un pastor mentiroso, muy probablemente sus dichos tengan repercusiones a nivel barrio, ciudad, región, etc. Si por ser un versero compulsivo nadie te contrata y nadie te vende ni pan, vas a tener mucho cuidado de no serlo.
Por otro lado, a mayores grados de libertad, mayores grados de responsabilidad. No solo estaría el peligro del ostracismo, sino que cada acción sería mucho más medida por los ejecutores, dado que tienen que hacerse responsables completos por las mismas. Ej: si tratás de difamar a una persona querida por todos o considerada buena por todos (o sea, que la imagen que la mayoría de los individuos tienen de ella es buena) y tus argumentos son falsos, tenés que afrontar las consecuencias de que nadie más pise tu negocio y fundirte (como un ejemplo).
La agresión, solo puede ser a través de fuerza física o de la amenaza de la misma contra un individuo y su propiedad. Eso no quita que las acciones del prepotente o el bardero queden impunes. A nadie le gusta el cancherito del curso o de la cuadra que jode a todos. Si en tu barrio nadie hace tratos con vos por comportarte así, vas a tener cuidado de no hacerlo, porque los costos pueden ser enormes (el supermercado no te vende, el kioskero tampoco, el bondi no te para, no te contectan internet, tenés que caminar 50 cuadras todos los días para comprar comida, el dueño del departamento donde estás te quiere rescindir el contrato porque le llegaron comentarios de tu forritud, etc.). Todo esto no puede hacerse justamente, porque la responsabilidad está diluída y el monopolio de la fuerza protege y promueve estos comportamientos y castiga el «castigo social».
A la hora de un robo o asalto, somos todos iguales, lo mismo que al momento de defenderse de los mismos. La defensa del agresor, en este caso tiene que ser en el momento, y todos tenemos prácticamente las mismas posibilidades. Entrenarnos para usar nuestro cuerpo y defendernos sale lo mismo para Rockefeller que para mí. Digamos que él puede pagar más, pero la ventaja relativa que eso puede darle, es despreciable. Lo mismo que si vamos a usar armas para nuestra defensa: no gana mucho más con comprarse una pistola de oro puro. También, no es correcto argumentar cambiando palabras al azar de lo que otro haya escrito. Todo el contexto y toda la construcción fueron concebidas con una intención. Cambiar las palabras que yo elijo es cualquier cosa.
Si alguien quiere difamarme con pruebas falsas, eso dependerá mucho de mi conducta previa y de la calidad de la falsificación. Si van y le dicen a tu mujer que le metiste los cuernos, las posibilidades de que ella lo crea van a estar influídas por la reputación que tenga la fuente, por la credibilidad de la historia y, al mismo tiempo, por si volvés con perfume raro a tu casa, por si estás desapareciendo sin dar explicación, por si ya lo hiciste antes y un largo etcétera. Si sos una persona confiable y creíble y el otro es un carancho atorrante o alguien que te tiene bronca y trae como prueba una foto donde le pegó la cabeza de otra mina a tu mujer ¿a quién le va a creer? Ahora, si ya tenés una historia previa de aventuritas, de mujeriego o si más de una vez te encontró tu jermu chichoneando con tu secretaria, cualquier rumor o cizaña que alguien siembre, van a tener efecto. Tratar de legislar esto, es imposible.
Así mismo, sobre el final del artículo de Block, hay una línea muy fina que separa, por ejemplo, el humor político de la difamación. Si el monopolio de la fuerza puede actuar en lo que dice un ciudadano, ya sea metiéndolo en cortes o multándolo, los primeros en usarlo serán los funcionarios del monopolio de la fuerza, que son justamente los que tienen que ser controlados y puestos en jaque por la ciudadanía. Sin ir más lejos, la semana pasada Lanata tuvo que ir a tribunales porque Aníbal Fernández le hizo una demanda de este estilo.
Estimado Freed Man:
Cuando hablo del derecho a defenderse, nunca estoy considerando a través del Estado o monopolio de la fuerza. En la sociedad libre que imagino, éste no debería existir.
Pero creo que el meollo de todo este asunto está en la afirmación: «La agresión, solo puede ser a través de fuerza física o de la amenaza de la misma contra un individuo y su propiedad.» Quizás esa forma de redactar la agresión te hace pensar que difamar a alguien no es un ataque a otro individuo, a su persona. Pero sí lo es. Eventualmente, podrá ser una forma de agresión más suave, o no, según el caso. O mejor dicho, si es agresión contra su persona, y cuán grave es, y cómo se compensa, en una sociedad libre, podrá variar según la cultura de esa sociedad. Así como podrá variar la forma de compensar un robo o un asalto, o de penalizarlo. Pero no me parece correcto negarla de antemano. De hecho, basta observar un poco a cualquier grupo de personas, libre de toda acción del Estado, y verás que a todos les molesta terriblemente que los insulten o los difamen, que todos los consideran una agresión hacia su persona, y que desde siempre estos hechos han generado violencia, peleas, duelos y defensa considerada legítima.
Aludir al ostracismo como mecanismo de defensa, no prueba nada. No es un argumento para esta discusión. También alguien podría decir que si robás y asaltás, entonces nadie va a querer comerciar con vos y te van a aplicar el ostracismo… etc. Pero entonces, ¿no tenemos derecho a defendernos de un robo o un asalto porque en la sociedad libre podemos aplicar el ostracismo?
El argumento de que ante un ladrón somos todos iguales, y que el rico a lo sumo puede comprarse una pistola de oro… es muy forzado. Hay armas más caras y más sofisticadas que otras, hay gente que puede pagar personal de seguridad, instalaciones especiales de seguridad, autos blindados… Es el mismo caso. Estás forzando el argumento para no revisarlo.
Que si alguien quiere difamarme y yo soy una persona muy confiable nadie le va a creer… sí, pero… eso no significa que debamos negar el derecho a defenderse. También si alguien trata de asaltarme y yo soy un tipo muy rápido para escaparme, es poco probable que logre su cometido, pero eso no significa que no tenga derecho a defenderme.
Algunas aclaraciones sobre tu frase: «no es correcto argumentar cambiando palabras al azar de lo que otro haya escrito. Todo el contexto y toda la construcción fueron concebidas con una intención. Cambiar las palabras que yo elijo es cualquier cosa.» Lo que yo hice, para demostrar la falla lógica de la frase citada, fue cambiar algunos adjetivos por otros. No cambié palabras al azar, de ninguna manera. No cambié el contexto ni la construcción. Mantuve rigurosamente el contexto y la construcción. Es para poner en evidencia el paradigma. No resultó…
Te mando un gran abrazo, y muy bueno el resumen de la semana.
af
Agrego algo más: Ciertamente en muchos casos puede no ser conveniente ejercer mi defensa contra alguien que me insulta o difama. Pero eso no significa que no tenga derecho a defenderme.
También muchas veces quizás no nos tomamos la molestia de reclamar algo, porque es más largo el trámite y más valioso el tiempo que perderíamos, que lo que queremos recuperar. Pasa muchas veces. Pero eso no significa que no tengamos el derecho a defendernos. Solamente significa que eventualmente podemos considerar más conveniente no hacerlo, o pasar por alto la agresión.
Alvaro, 100% de acuerdo con vos. Creo que en esta se equivocan los muchachos. Las palabras si pueden ser una agresion.
Sin ir mas lejos decir que un producto posee una cualidad que en realidad no posee es un fraude y es agresivo (y aunque no es fisicamente violento nos defendemos con violencia).
Tambien las amenazas son palabras y son agresivas, llamar a alguna «admiradora» 6 veces por dia durante 6 meses es agresivo y emitir ondas sonoras en determinadas frecuencias y volumenes es agresivo.
Incluso sin palabras se puede ser agresivo, por ejemplo persiguiendo a una persona.
Si yo digo que te vendo el producto A que contiene X pero en realidad contiene Y es un fraude porque estás haciéndole creer al otro que está comprando X pero en realidad es Y, te estoy entregando mi dinero basado en un engaño porque me estas afirmando que el producto contiene X pero en realidad tiene Y.
En cambio, si yo digo que me parece que este blog es aburrido y malo, estoy ejerciendo mi derecho a la libertad de expresión y estoy tratando de influir en los demás, pero no se trata de una defraudación, o de una agresión.
No discuto ese punto, lo que yo queria es demostrar que a veces la palabra si dagna.
Lo que pasa es que el ejemplo que pusiste es una valoracion y las valoraciones son siempre subjetivas, pero si yo digo que este blog miente y que los administradores son hackers ladrones de datos y dinero es otra cosa, ya que es mentira (eso espero! jah) y por eso se parece bastante al fraude.
La palabra puede llegar dañar, asi como un competidor que ofrece un servicio mejor que el mio también daña, pero eso no es agresión.
Yo no dije que TODAS las palabras son agresivas, como no todos los actos son agresivos. Desestimar la agresion de las palabras porque son «palabras» es incorrecto, porque como te habras dado cuenta en algunos casos todos estamos de acuerdo que agreden (ej. fraude), el tema es dilucidar cuales son agresion y cuales no.
Tengo la sensacion de que la mentira es un indicio muy importante.
No dije que uno no pueda o no deba defenderse de la difamación. Solamente que uno no puede defenderse de la difamación usando la fuerza física. Hay miles de formas de defenderse de las palabras de otro o, en el peor de los casos, vengarse.
Fundamentalmente, no encuentro una forma de cobrar punitivos físicos del difamador, como sucede hoy por hoy con «calumnias e injurias».
Uno podría tener información que del otro que no quiere que conozca.
Poner un pasacalles más grandes con una indiscreción más zarpada del tipo.
Lucha de insultos, al mejor estilo Monkey Island.
Organizar a grupo de personas para hacer un boicot al susodicho.
Destrucción Mutua Asegurada. Tener cada uno algo tan sucio del otro, que ambos quedarán con las reputaciones por el piso en caso de escalar el conflicto.
Infinidad de etcéteras, pero sin violar el Principio de No Agresión. Justamente, la iniciación del uso de la fuerza en este caso pone en evidencia nuestra debilidad e impotencia, por lo que hay que mantener la «riña» en el mismo plano del uso de la palabra y la información.
El ostracismo es un mecanismo de control y auto control social muy poderoso y funciona a la perfección hoy en día. Algunos ejemplos:
– Casinos. Si usted va y hace trampa en un casino, lo agarran y en minutos su foto pasa a la lista negra de los casinos, que intercambian bien rápido esta información. Nunca, pero nunca más entra a un casino, por tramposo.
– Deportistas con dóping: en varias ligas, si te encuentran con dóping, no participás nunca más.
– Deportistas / espectáculo y ciertos comportamientos: si rompés los códigos del ambiente, no te contratan nunca, pero nunca más.
Salir a afanar / estafar en una sociedad donde la reputación es más importante, se convierte entonces en una tarea mucho más riesgosa. Imagínese que todos los supermercados se pasen su foto si lo encontraron afanando en uno. Y que ninguno le abra nunca más las puertas. Mucha menos gente estaría dispuesta a arriesgar. E incluso, aunque lo consiga, su costo de vida se verá exponencialmente afectado en los precios, puesto que tendrá que accederse a más intermediarios que sí puedan meterse en el supermercado a comprar.
Insisto en que su cambio de palabras no es correcto, porque está cambiando completamente el sentido en el que fue escrita. «Libertad de expresión» no es nunca ejercer la fuerza física, cuando «robar» sí lo es. Y bajo ningún concepto puede existir el derecho de robar, porque de existir, toda esa nueva construcción es irrelevante.
Si yo escribo lo siguiente: Hay que defender el derecho de los misóginos de odiar a las mujeres, porque si bien ellos sienten un tremendo odio por ellas, la mayoría de las personas no.
Usted lo cambia por: Hay que defender el derecho de los golpeadores de golpear a las mujeres, porque si bien ellos las golpean brutalmente, la mayoría de las personas no.
Está cambiando totalmente el sentido en el que fue escrito. Si bien la «construcción lógica» es la misma, hay un sentido subyacente en la elección y el propósito de la elección de la misma (el pequeño detalle de que el odio, si no pasa a la acción, no daña físicamente a la otra persona, no tiene consecuencias).
Saludos!
Alvaro y yo vamos a estar en desacuerdo porque partimos de conceptos distintos de agresión. Yo no considero que la difamación sea una agresión porque no viola la esfera de self-ownership, que es el criterio que adoptamos para definir la agresión.
Para poder decidir si la difmación es una agresión o no, lo mejor es analizar en que consiste el acto difamatorio. Rapidamente nos damos cuenta que se trata de un acto donde uno hace ejercicio legítimo de su propiedad, ya sea de su cuerpo emitiendo opinión, o de los medios que tiene a su disposición para transmitir información. Y cuál es el resultado de esa acción? Ondas sonoras, o tinta impregnada en papel. Hasta el momento no hay ninguna violación de la propiedad, o una agresión contra la integridad de la persona.
Si al párrafo anterior cambiamos difamación (o calumnias e injurias) por asalto, la solución es diferente, en ese acto estoy tomando por la fuerza algo de otra persona que tiene DERECHO a poseer porque es suyo, y me lo llevo para mi (o para otros), estoy afectando un derecho de propiedad de la persona mediante el uso de la fuerza, en el caso de la difamación no hay en ningún momento un acto que implique la aplicación de violencia, se trata del ejercicio de un derecho como es la libertad de expresión.
.
Eso es lo esencial, que en la difamación uno puede estar alterado, se puede influir sobre las percepciones ajenas, pero nunca se está tomando algo que no le pertenece.Por eso cualquier analogía que hagas entre un acto que no incorpora violencia, y otro que si, cae por si sola, al estar comparando dos cosas que son totalmente diferentes.
Tampoco podemos dejar de analizar no el acto, si no las consecuencias del mismo. La difamaciónes un ejercicio de la libertad de expresión, si fuese una agresión que derecho, o como dicen los abogados, que bien jurídico sería el que estaría protegiendo una ley que penaliza las calumnias e injurias si es verdad que la reputación como derecho personal de la gente no existe, al estar conformada por percepciones ajenas? Si no hay derecho violado no puede haber agresión.