Post-7D

Pasó el 7D, y no pasó nada. ¿Y ahora qué? ¿Qué nos deparará el futuro? El 7 de diciembre era una fecha clave para el gobierno nacional, era el día en que vencía una medida cautelar a favor del Grupo Clarín que suspendía los artículos relativos a la regulación antimonopólica que contiene la ley de medios. Sin embargo, la Cámara Civil y Comercial Federal extendió el plazo de vencimiento de la cautelar hasta el dictado de una sentencia definitiva y con ello mantuvo la suspensión de los artículos 161 y 45. Estos dos artículos son los que forman la llamada «clausula de desinversión», son los que obligan al Grupo Clarín, y al resto de los multimedios que se exceden en el límite de licencias estipulados por la ley,  a presentar un «plan de adecuación», es decir deshacerse de licencias y empresas para cumplir con las restricciones que impone la norma. Mientras la medida cautelar se mantenga vigente, el gobierno nacional, y la autoridad de aplicación de la ley de medios, la AFSCA, no podrán intimar al Grupo Clarín para que se deshaga de las licencias que violan la le ni desguazarlo de oficio, el objetivo último del gobierno.

A pesar de haber sido uno de los temas más comentados de los últimos meses, el 7D se había convertido más en una fecha simbólica en la cual se pretendía inaugurar una nueva etapa del gobierno de Cristina Fernández que en el simple día de la aplicación de una clausula antimonopólica. El vicegobernador de la Provincia de Buenos Aires, ex-interventor del COMFER, y uno de los promotores más enfáticos de la Ley de Medios decía que “el 7D es un día bisagra porque todo el texto de la ley aprobada por nuestro Congreso tiene que cumplirse. Y esto tiene una potencialidad muy grande. Por primera vez, vamos a vivir con plena libertad de expresión y con plena pluralidad de voces”. Cristina Fernández planteó la ley de medios como una batalla épica, parafraseando a Saddam Hussein, la calificó como «la madre de todas las batallas». Sin saberlo, todo esto se terminó convirtiendo  en un gran paso en falso dado por el gobierno gracias a la decisión de extender el plazo de la  medida cautelar y con esto anular el 7D.

Viendo la importancia mayúscula que significó y significa la aplicación de la ley de medios para el kirchnerismo, los antiK también adoptaron sus propias posturas. El movimiento antiK también convirtió al 7D en una fecha clave. Ellos, sumándose al juego planteado por el gobierno, le dieron su propia impronta épica a esta fecha. En este sentido, las páginas antiK que más convocatoria generan en Facebook, y algunos lideres de opinión de los diarios más leídos del país, consideraban que lo que sucediese el 7D era definitorio para los rumbos de la República. La independencia judicial, el Estado de Derecho, y la vigencia de la Constitución entre otros asuntos que eran planteados como de vida o muerte para el país se ponían en juego ese día. En otras palabras, el destino de las instituciones del país dependía de la extensión de una medida cautelar, ni siquiera de la sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.

Más bajo no se puede caer.

Considerando la peligrosa retórica oficial, y la vacía respuesta antiK, me propongo extirpar de pasiones de este asunto y analizar, de a uno, las cuestiones más relevantes involucradas en el pre-7D y post-7D.

Legislación antimonopólica. La ley de Servicios de Comunicación Audiovisuales, número 26.522, también conocida como la ley de medios, se trata de una norma compuesta por 166 artículos que tienen como objetivo regular varios aspectos relativos a la comunicación audiovisual. Además de fijar los objetivos que deben tener los titulares de licencias  (art. 3), regula  también  los contenidos que deben transmitir las señales de televisión y las radios (art. 65 en adelante), contempla la posibilidad de imponer a los titulares de licencias la transmisión de un mensaje determinado (art. 75 y 76), alcanza a la publicidad (art. 81 en adelante), impone controles semestrales por parte del AFSCA (autoridad de aplicación) sobre  «adecuaciones tecnológicas» (art. 47), y por supuesto la clausula antimonopólica que obliga a los medios en infracción a desprenderse las licencias que violan la normativa en el plazo de un año  (art. 45 y 161) .

Es preocupante la indiferencia mostrada ante  los distintos aspectos que quiere regular la ley. Si bien, por motivos que veremos más adelante, la clausula antimonopólica es clave, el resto de los artículos plantean disposiciones que chocan de lleno y de forma directa contra un derecho fundamental como la libertad de expresión, y frente a esto se han escuchado pocas voces. No sorprende que el Grupo Clarín haya desafiado la constitucionalidad del resto de los artículos, la impugnación de dos artículos de la ley representa más bien una excepción de un Grupo que ha apoyado cada uno de los avances del estado sobre los derechos individuales, y promueve una activa intervención estatal en la economía

Los artículos 45 y 161 son los más relevantes porque incorporan clausulas antimonopólicas ausentes en la vieja de ley de la dictadura (la regulación de los medios de comunicación es una característica típica de los regímenes autoritarios), e introducen nuevas condiciones de participación. Esta regulación antimonopólica no es distinta a ninguna otra de las leyes que se promueven en nombre «defensa de la competencia«, que en verdad se trata de verdaderas restricciones y limites a la competencia. Antes que nada, deberíamos recordar deque se trata un monopolio. Francis Wayland define al monopolio como «un derecho exclusivo otorgado a un hombre o a un monopolio de hombres, para que utilicen su trabajo o capital de alguna manera especial», Arthur Latham Perry dice acerca de los monopolios «como lo implica el origen de la palabra, es una restricción impuesta por el gobierno sobre la venta de ciertos servicios», para finalizar Spencer Heath propone que «el monopolio existe cuando el gobierno, mediante su poder coercitivo, limita a una persona u organización particular, o a una combinación de ambas, el derecho de vender ciertos y determinados bienes o servicios. Se trata de una violación del derecho de ganarse la vida». [1]

Considerando estas definiciones podríamos concluir que la ley 26.522 lo que contiene son clausulas monopólicas, que se proponen limitar el campo de acción de un grupo de medios a un determinado número de licencias, o un porcentaje (35 en este caso) sobre la participación en el mercado de oferta de servicios audiovisuales. Las justificaciones a esta limitación las analizamos en los siguientes puntos.

La idea de licenciar las señales audiovisuales, por tratarse de la utilización de un recurso escaso es insostenible. ¿Acaso hay algún recurso que no sea escaso? La idea de un numero fijo de canales por los cuales transmitir bloquea cualquier intento de innovación al respecto, al no poder aprovechar nuevas tecnologías ni desarrollarlas para hacer un uso más eficiente de las vías de transmisión. Todos los recursos son escasos, y así como el gobierno no impone cuotas en la utilización de cuero para la fabricación de camperas y zapatos, no hay motivo aparente para que haga lo mismo con el espectro radioeléctrico.

Por último, relativo a este tema, no hay que olvidar que antes de la promulgación de la ley de medios no existía un mercado libre. El poder de Clarín no deriva en su mayor parte de transacciones voluntarias sino de la utilización del poder político en su favor, a través de regulaciones, disposiciones especiales, y otros arreglos con la casta política que les garantizó llegar a la posición en que hoy se encuentran. Desde la eliminación de competidores, hasta la sanción de leyes para evitar la quiebra del Grupo, Clarín fue beneficiado a lo largo de su historia por una serie privilegios estatales que lo puso  en el lugar en el que está hoy. Lo mismo, pero en un escalón por debajo, podría decirse de muchos de los otros grupos multimedios que hay actualmente en el país.

Antimonopolio y libertad de expresión. ¿Si la legislación antimonopólica no es una novedad, por qué tanto alboroto alrededor de la ley de medios? La respuesta es sencilla. La legislación antimonopólica afecta los derechos de propiedad de las empresas reguladas, y esto no es un asunto menor. En el caso del sector de medios de comunicación está situación adquiere una mayor gravedad, el debilitamiento y la precariedad sobre la que funcionarían a partir de ahora los servicios de comunicación audiovisuales eliminaría cualquier resquicio de independencia que podía quedar con la vieja ley. La vaguedad del lenguaje utilizado en la norma facilita la posibilidad de revocar licencias de forma arbitraria. En efecto, no existe el derecho de propiedad en este ámbito, ya que como se puede ver a lo largo de toda la ley se tratan de meras concesiones para transmitir contenidos que se adapten a lo establecido por la ley.

El monopolio del gigante. El gobierno ha promovido la actual ley teniendo en la mira, principalmente, el tamaño del Grupo Clarín. El grupo es una de las empresas más grandes de la Argentina, y ha desarrollado una red de radios, canales de televisión, prestadores de televisión por cable, que generaría envidia en cualquiera que tiene ambiciones de manipular a las masas. Aunque vale hacer una aclaración, este «poder manipulador de masas»  es más que nada una construcción que hace el propio gobierno, y no tiene mucho que ver con la realidad y el rol de los medios en la sociedad.

El principal problema que plantea el tamaño de Clarín, es que el  gobierno dejó de ser el único gigante. En todo caso, si admitimos la difícil idea de que Clarín sea un monopolio, estaríamos ante la confrontación de aquellos que poseen el monopolio del uso legítimo de la fuerza y el monopolio de la información. ¿Cuál suena más peligroso? Cristina Fernández ha demostrado con creces que no se trata de una cuestión referida a los monopolios, pues ella es devota de monopolizar las transmisiones televisivas y radiales a través de la nefasta «Cadena Nacional».

La fragmentación de empresas de medios con un cierto alcance nacional persigue objetivos distintos a los que se suelen alegar. No es la «pluralidad de voces» o la «democratización de la palabra», si no el afán de fraccionar lo que es considerado «el cuarto poder». Así como sucedió con el poder legislativo, y el judicial (que ahora parece haber abierto por lo menos un ojo), se busca debilitar a la prensa y a los medios como agentes de control de los actos de gobierno.

Es paradójico que desde el monopolio más nocivo que jamas haya existido en la historia de la humanidad, el estado,  se lance una lucha contra los monopolios en nombre de la libertad. Poco creíble.

Igualdad ante la ley. Probablemente el peor argumento entre los que se oponen a la ley de medios es la idea de la «igualdad ante la ley». Algunos de los que aparecen como opositores a esta ley,  por ejemplo Jorge Lanata, están de acuerdo con los contenidos de la legislación, su problema es que la aplicación es desigual. La falencia de este argumento es que aquellos que lo sostienen no pueden identificar los peligros de la ley de medios, sea aplicable a uno o a todos los titulares de licencias. Es cierto que una aplicación desigual genera desequilibrios, como es el caso de Telefe, o del Grupo PRISA, que están en infracción según la ley, pero el gobierno mira para otro lado. A cambio, reclaman obediencia y control sobre la información. Sin embargo, una aplicación igualitaria de la ley implicaría que todos los medios, ahora fragmentados, y bajo la órbita de control del AFSCA queden a merced de las exigencias estatales para mantener la posibilidad de continuar transmitiendo.

Es decir, este grupo se encuentra a favor de la ley de medios en su totalidad, su única preocupación es que el estado no avance sobre todas los titulares de licencias, y se limite solamente a unos pocos. Esto lo podemos graficar con un ejemplo, supongamos que el mañana se aprueba una nueva ley que todos los ciudadanos sudamericanos, no argentinos, que vivan en el país no pueden residir en el barrio de Palermo, y en los hechos la ley solo se aplica para deportar a los colombianos de ese barrio porteño, estamos ante un caso en el que no hay igualdad ante la ley. La aplicación es selectiva, por más que el texto indique otra cosa. ¿Sería admisible reclamar que en vistas del principio de «igualdad ante la ley» la deportación debe alcanzar a todos los demás? Ese, por supuesto, no es un argumento contra esta disposición imaginaria sino todo lo contrario.

Los otros kirchneristas. Por último, tres días después del famoso 7D los mismos que protestaban contra la ley de medios, y el circo creado alrededor de esa fecha, volvieron a pedir mayor intervención del estado. El argumento es el siguiente «el gobierno ha gastado muchas energías en el 7D, y ha dejado de lado problemas importantes como: el deficit habitacional, problemas de transporte, narcotráfico, inflación, desempleo, inseguridad, etc.» Mauricio Macri fue uno de los exponentes de esta postura:

Según aseguró «al ciudadano no le cambia la vida la ley de medios», ya que sus reclamos son por seguridad y por inflación, y el gobierno no «ha hecho nada en los últimos años en combatirla».

Esto no hace más que confirmar que en la «batalla por la ley de medios» no predominó la razón, si no las pasiones. Los que se oponen a la intervención estatal de los medios de comunicación, consideran apropiado que el gobierno intervenga en otras áreas, cuando en realidad, en ambas situaciones, subyacen los mismos principios.Tal vez, cuando se dejen de lado los argumentos emocionales, y se proceda a prestarle más atención a los argumentos racionales, estemos más cerca de rechazar todo tipo de intromisión estatal en los acuerdos voluntarios entre las personas. Mientras tanto, estas son las reglas de juego.

[1] Todos ellos citados por Murray Rothbard en «Monopolio y Competencia» [PDF]. También recomendamos a Dominick Armentano [PDF] y a Thomas Di Lorenzo [PDF] sobre una perspectiva económica sobre el tema.