Juez, Jurado y Verdugo

Verdugo

«Les vamos a cortar las tarlipes si hablan» – AFIP Dixit

Cuando un ciudadano tiene un problema patrimonial con otro, por ejemplo una deuda o un incumplimiento de contrato, éste debe acudir a la justicia, pasar por un proceso bastante extenso y burocrático, donde el demandado puede defenderse, presentar pruebas, llamar testigos, plantear una estrategia, etc, etc. La situación tiene tres posibles desenlaces:

a) Gana el demandado. No se pudo comprobar que la deuda fuera tal. El demandante paga las costas del juicio.

b) Gana el demandante. La deuda es probaba legítima y el demandado deberá pagarla, así como también las costas. Puede hacerse un plan de pagos o, en caso de negarse, proceder legalmente sobre el remate de bienes actuales o futuros (un porcentaje del salario), hasta que la deuda quede saldada.

c) Se llega a un acuerdo, en el que probablemente el demandado deba desembolsar una suma en uno o varios pagos.

Lo que tienen en común las tres posibilidades, es que en ninguna el demandado es forzado a cesar su actividad económica. A lo sumo pueden congelarse algunos assets económicos, a fin de que el demandado no se insolvente a propósito para no pagar.

¿Cómo es posible que cuando se trata de un problema patrimonial entre un ciudadano y el estado, la situación sea completamente diferente, como podemos ver acá?

1 – No existe instancia judicial. El inspector es Fiscal, Juez, Jurado y Verdugo. No se pueden presentar pruebas ni justificaciones.

2 – La sentencia es inmediata.

3 – Se prohíbe a la parte «demandada» (en realidad, patoteada) seguir ejerciendo su actividad económica.

Esto no pasa solamente en Argentina, es mundial, y creo que necesitamos un psiquiátrico grande como el sistema solar para meternos a todos ahí adentro.

¿Cómo no nos llama la atención este delirio? ¿Cómo podemos considerarnos libres, si una facción, un grupúsculo de personas puede accionar contra nosotros legalmente de una forma que nosotros jamás podremos accionar?

Si somos iguales ante la ley, el estado también es igual. Por lo tanto, debería respetar los procedimientos:

1 – Avisar sobre la situación y sobre la demanda sobre supuesta «evasión» fiscal.

2 – Presentar las pruebas necesarias de que esos supuestos comerciantes estaban pagando menos impuestos que los debidos, desde cuándo y cuál sería el monto exacto. Por ejemplo, pruebas de que hace un mes o hace un año el local tenía el mismo tamaño, cuáles eran los precios, cuáles eran los costos y cuál sería la diferencia que se está «adeudando».

3 – Permitir que el tipo presente sus contra pruebas, testigos, etc. etc.

4 – Evidentemente el tipo no está intentando hacerse insolvente. En caso de que esté en una «categoría equivocada» y que eso se pueda comprobar en el momento, podría simplemente rectificarse el detalle, ponerlo en la categoría correcta, y que siga operando como siempre.

Hoy por hoy se asume que una persona debe pagar impuestos, y que no pagar es ser un pecador. Además, el estado tiene el poder total de cambiar cualquier regulación y dejarte en off-side. Finalmente, el fisco tiene la potestad de actuar de hecho sobre tu patrimonio. Y pueden llegar a dejarte arbitrariamente en la calle. Ya sea porque te tocó o porque dijiste algo que al funcionario de turno no le gustó.

Mientras esa discrecionalidad exista y la facción gobernante pueda dejarte sin techo y sin comida, no puede haber libertad.